Licencia de detective privado (información)
Buenos días:
Estoy trabajando en una obra de ficción relacionada indirectamente con el mundo de la investigación privada, y tengo una duda.
Sé que para ejercer la profesión de detective privado es necesaria la correspondiente habilitación, pero más allá de la ocupación profesional no tengo claro qué atribuciones exactas concede la habilitación.
Dicho de otra manera: ¿qué puede hacer legalmente un detective privado que no pueda hacer una persona sin la habilitación pertinente por su cuenta?
Muchas gracias.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Estimado usuario:
Lo mejor que puede hacer es buscar las correspondientes atribuciones legales que otorga la Licencia TIP de Detective Privado cuando se concede a un estudiante de detective privado con su diplomatura correspondientemente finalizada.
Por ejemplo en nuestra web, puede consultar el Marco Legal que nos define, nos habilita y nos permite investigar legalmente la vida de las personas mediante un encargo legítimo y siempre fuera de los supuestos de arriba.
Un saludo y para cualquier duda no dude en consultarnos por nuestra web o nuestros teléfonos de la misma.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
2 respuestas:
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Buenos días,
su consulta no acaba de quedar clara. Fuera de nuestro ámbito de trabajo no podemos hacer nada que no pueda hacer otra persona que no es detective privado. Tan solo cuando estamos trabajando (realizando un encargo profesional) la Ley nos confiere una serie de atribuciones que no tiene un ciudadano no habilitado.
Para saber exactamente cuales son nuestras funciones como detectives privados puede consultar la página web del ministerio del interior donde se detalla de forma clara y precisa las funciones para las que estamos habilitados los detective privados.
Atentamente,
Mª José Vicente - Detective Privado L2237
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Buenos días, sus dudas quedarán aclaradas si consulta la Ley de Seguridad Privada 5/2014, donde se describen las funciones del personal de seguridad privada y en cuanto a los detectives en su artículo 48:
Artículo 48. Servicios de investigación privada.
1. Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:
a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.
Saludos.
Jordi Briñol. Detective con LO 406 colegiado CODPCAT nº 26
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Buscar más preguntas
Encuentra respuestas entre las más de 850 preguntas que se han realizado en GuiaDetectives.com
Preguntas similares
Ver todas las preguntas4 respuestas, última respuesta el 17 Febrero 2013
7 respuestas, última respuesta el 24 Octubre 2015
7 respuestas, última respuesta el 02 Junio 2015
12 respuestas, última respuesta el 31 Agosto 2012
12 respuestas, última respuesta el 19 Noviembre 2012
1 respuesta, última respuesta el 16 Mayo 2017
3 respuestas, última respuesta el 19 Junio 2014
4 respuestas, última respuesta el 07 Julio 2015
1 respuesta, última respuesta el 11 Marzo 2019
5 respuestas, última respuesta el 29 Noviembre 2012