¿Puede realizar trabajos de detective un perito judicial?
Recientemente he visto que en el directorio se ofrecen servicios de detectives privados mediante el término "investigador privado" o "perito judicial". ¿Es esto legal?
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Tan legal como que un masajista realice operaciones a corazón abierto.
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18 respuestas:
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No, por supuesto que no
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Sin extendernos demasiado.
NO, NUNCA, JAMÁS.
Un saludo,
GESTALTIA
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Imposible, incurriría en un delíto de intrusismo profesinal. Lease Ley de Seguridad Privada y especialmente su desarrollo estatutario.
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Ojo con los anuncios. Tienen que poner el número de licencia de detective habilitada por el Ministerio del Interior. Si no ponen nada, no son detectives.
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No, y definitivamente no. Se debe estar habilitado por el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía que expiden la correspondiente TIP. Además, en Catalunya se debe estar colegiado en el Colegiio Oficial de Detectives Privados de Catalunya.
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No. Para realizar trabajos como detective privado, en España, hay que estar habilitado con la correspondiente TIP que la expida el Ministerio del Interior, la dirección General e la Policía, y en Catalunya ser colegiado en el Col.legi de Detectius.
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Además de lo que dice la compañera, un perito judicial es una persona experta en un tema concreto y por eso mismo puede actuar de perito en un juicio aunque sólo de la materia por la que es considerado un perito judial.
Un ejemplo: Psicólogo que actúa en un juicio por alguna de las partes, es un perito judicial en materia de psicología y no un experto forense.
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Solo pueden ejercer como Detectives los acreditados como tal, lo que no impide que además se puede ser Perito Judicial. Pero, no por ser Perito se puede investigar, sino que es por ser Detective debidamente acreditado.
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Como mis compañeros apuntan, solo los Detectives Privados estamos habilitado por la TIP, para realizar investigaciones de diferente índole. En efecto, hay bastante INTRUSISMO por personas que intentan confundir a potenciales clientes usando diversos nombres como reclamo
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Hola María,
La respuesta es claramente no, sólo un detective privado debidamente habilitado por el Ministerio del Interior puede ejercer tales funciones.
Un perito judicial, es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, es experto en alguna materia o ciencia concreta, desde aerodinámica hasta tratamiento de aguas, pasando por traducción o medicina.
El perito le aporta al juez su opinión fundada en la rama de su especialildad, ya que el juez no está obligado a conocer todas la materias.
Por lo tanto, ningún perito judicial puede hacer trabajos de detective privado, porque no lo es, igual que ningún detective privado podrá realizar trabajos como experto en otras materias, a no ser que tenga conocimientos reconocidos y específicos en una determinada materia.
Un saludo.
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Los peritos judiciales únicamente pueden realizar tareas de Peritación en el ámbito donde estén especializados (tasaciones). no están enmarcados en la Ley de Seguridad privada que es la que regula nuestra profesión, por lo tanto somos los ÚNICOS habilitados legalmente para realizar funciones de Investigación.
Todo lo demás no estaría cubierto legalmente, por lo que NO es competencia de los Peritos Judiciales los servicios que los Detectives legalmente realizamos.
David Díaz (Detectives DDL)
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No,pueden realizar trabajos de detective privado.Imposible si le aplicamos la ley de seguridad privada.
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"Son peritos los que tienen título oficial en la naturaleza del peritaje que requiere el juzgado".
"Cuando no hay peritos titulados, se puede nombrar a personas entendidas que careciendo de título oficial, tienen, sin embargo, conocimientos o práctica especiales en alguna ciencia o arte, pero estas actuarán como personas entendidas no como peritos".
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Estimada María. Para poder ejercer como Detective Privado es necesario, a día de hoy, pasar tres años en la Universidad, concretamente cursando estudios de Criminología o Seguridad Privada, Departamentos éstos dependientes de las Facultades de Derecho. En la actualidad se pueden cursar estudios en las Universidades de Alicante, Madrid, Salamanca y creo que en alguna más.
Finalizados estos estudios es el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, concretamente la Unidad de Seguridad Privada quien habilita a quienes presentan los requisitos que exige la Ley de Seguridad Privada con la T.I.P. (Tarjeta de Identificación Profesional).
Por último decirte que tan solo quien es Detective Privado acreditado con su T.I.P. puede realizar investigaciones de carácter personal, no pudiendo investigar delitos públicos.
Por tanto, se puede ser Detective Privado y Perito Judicial, pero es condición obligatoria ser Detective Privado para realizar investigaciones personales, por lo que esas supuestas titulaciones como la de Perito en Investigación no sirven de nada si no se tiene el Titulo de Detective Privado y se está habilitado por el Ministerio del Interior.
Espero haber aclarado tus dudas.
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La realización de la funciones de Detective Privado, reguladas en la Ley 23/1992 y el RD 2364/1994, por personal no habilitado o sin cumplir los requisitos legales exigidos supone una infracción muy grave, sin perjuicio de incurrir en otras responsabilidades penales por intrusismo o posibles intromisiones ilegítimas en el Derecho al honor, intimidad personal o familiar y a la propia imagen.
Por tanto, cualquier persona NO HABILITADA COMO DETECTIVE PRIVADO, incurre en tales infracciones. Exija que le muestren la correspondiente licencia del Ministerio del Interior, en la que figura DETECTIVE PRIVADO. Si el "profesional" con el que trata, se llame "perito judicial", "investigador privado" o cualquier otra figura no recogida en la ley, carece de la citada licencia, no estará legalmente habilitado para la realización de los trabajos de Detective, incurriendo en las ilegalidades indicadas anteriormente.
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Sencillamente la Respuesta es: "NO" El unico capacitado, acreditado y debidamente autorizado es el DETECTIVE PRIVADO, y todas las respuestas o cambio de denominación es una maldad para confundir al cliente.
La Orden Ministerial de la Ley de Seguridad Privada, B.O.E. de 1992 de 30 de julio es clara en cuanto a la respuesta de quien es quien esta autorizado para realizar las investigaciones, es clara y contundente, dice quien es el Detective Privado y sus funciones, y, en cuanto a Perito Judicial NO DICE NADA, Y ES ILEGAL.
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Cómo saber si contrata a un verdadero Detective: Información de interés para ciudadanos, empresas e instituciones.
La APDPE, en su labor de informar al público de cuestiones que pueden afectarle, INFORMA que determinados sujetos carentes de habilitación profesional vienen ofreciendo y prestando servicios propios de los detectives privados. Consecuencia de ello, algunos clientes de estos sujetos han visto rechazados los informes por los tribunales de Justicia, a la vez que han podido ser objeto de inspección y sanción por parte de las autoridades administrativas. Al respecto, la APDPE informa:
a) Los artículos 19 de la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y 101 de su Reglamento establecen que sólo los detectives privados pueden realizar las funciones de obtener y aportar información y pruebas sobre hechos relativos a los ámbitos económico, laboral, mercantil, financiero o personal; a la investigación de delitos privados y a la vigilancia no uniformada en ámbitos de gran concurrencia.
b) Conforme a la citada normativa, la contratación dolosa o negligente de personas no habilitadas está sancionada con infracción grave y con multa de hasta 3.000 euros (art. 154 RSP).
c) Los informes emitidos por personas no habilitadas no constituyen documentos aportables como prueba a procedimientos judiciales (art. 265.1.5 LEC).
d) Sólo los detectives privados están exentos del deber de informar a la parte investigada de la existencia de la investigación (resoluciones E-00128/2004 y E-00778/2005 de la Agencia Española de Protección de Datos).
Los detectives privados disponen de una acreditación profesional expedida por el Ministerio del Interior. Solo esta acreditación habilita al profesional para prestar los servicios propios de los detectives privados.
A efectos de información general, reproducimos la tarjeta de identidad profesional expedida a los detectives privados por el Ministerio del Interior.
FUENTE: APDPE Descargue el Documento en PDF: Cómo saber si contrata a un verdadero Detective o a un falsario. http://www.apdpe.org/documentos/como-saber-si-contrata-a-un-verdero-detective-o-a-un-falsario.pdf
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Hola , Maria. Solo los Detectives Privados con TIP pueden hacer trabajos de Detectives. Es posible que hayas visto en anuncios Investigadores privados, peritos judiciales, etc., pero si no tienen la tarjeta de identidad profesional (TIP) no pueden trabajar. Los colegios profesionales andan detras de estas personas para denunciarlas. Otra cosa puede ser que se quieran denominar así teniendo TIP.
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